Para tener la propiedad intelectual de una obra (obra puede ser cualquier tipo de creación, ya sea un texto, imagen, post, aplicaciones, etc) deben darse tres condiciones:
– Debe ser creada por una persona física
– Debe ser una creación original
– Y tiene que ser expresada en cualquier formato, no vale que lo hayas pensado o dicho pero que no lo hayas generado en ningún formato.
Cuando se dan estas tres condiciones ya se puede considerar que la propiedad intelectual de la obra que has creado te pertenece. No es necesario registrar la obra para conseguir la propiedad intelectual pero si es aconsejable. El registro de la Propiedad Intelectual es para siempre y es universal. La propiedad es para toda la vida del autor de la obra más 70 años después de su muerte. Hay varias opciones para registrar tu obra:
El proceso de registro se puede hacer a través del Ministerio de Cultura que es bastante fácil ya que se puede hacer acudiendo al Ministerio de Cultura físicamente o a través de su página web dentro del apartado de registro público de Propiedad Intelectual.
También están los registros privados como el “Safe Creative” http://www.safecreative.org que es gratuito para los autores no profesionales. Las corporaciones o profesionales tienen que pagar una pequeña cuota anual.
El Safe Creative es una plataforma que permite el registro, la información y la gestión de la Propiedad Intelectual en el mundo digital. Permite al titular de la obra gestionar sus derechos como propietario intelectual de la misma, proporciona información tanto al autor como a los usuarios de las obras.
Otra opción para el registro de tu obra es con un sello de tiempo. El sello del tiempo es un método que nos permite probar que cierta obra electrónica existía en un momento determinado y que no ha sido modificado desde entonces. Este tipo de registro lo usan más las Administraciones Públicas.
Con cualquiera de estos registros que hemos indicado lo que conseguimos es fortalecer los derechos del autor tal y como indica el Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades que dice: “ Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley». El autor puede decidir quién, cuando, donde y para que se usan sus obras y concede el uso de su obra a terceros.
Cualquier imagen que encontramos en internet tiene los derechos reservados, no se pueden utilizar imágenes sin consentimiento del autor o sin seguir las indicaciones del mismo para su uso. La C (Copyright) es un recordatorio para los usuarios indicando que esa obra tiene todos los derechos reservados y que se necesita una autorización previa por parte del autor de la obra para su uso.
Los que no tienen puestos la C tienen igualmente todos los derechos reservados pero las que los pone la C es como un recordatorio visible. El uso sin autorización de obras ajenas puede acarrear grandes infracciones.
Algunos autores eligen ofrecer sus obras bajo licencias CC (Licencia Creative Commons). Son sellos que nos dicen cómo se pueden usar las obras respetando al autor y los límites de los mismos. Estos tipos de licencias no quiere decir que no tengan copyright sino que hay terceros que tienen derechos sobre las obras bajo ciertos límites que establece el autor.
Hay que tener mucho cuidado con el tema de la propiedad intelectual. Muchas veces buscamos imágenes gratuitas. El hecho es que pueden aparecer imágenes privadas en páginas gratuitas por lo que siempre hay que seguir las instrucciones del autor o dar por hecho que tiene todos los derechos reservados. La mayoría de las veces solo piden que se les citen. Si posteriormente el autor cambia los derechos de uso no pasaría nada porque nosotros estamos amparados si hemos citado al autor e incluso hemos vinculado la obra a su origen.
Si le vamos a dar un uso publicitario hay que ponerse en contacto con el autor y pedir permiso al autor quien pondrá sus condiciones.